ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE ORGANISMOS
DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE PENSIONES

Décima Segunda: Para ser Miembro Pleno, se requerirá:

a).- Firmar la solicitud de ingreso, comprometiéndose a cumplir con lo establecido en los presentes estatuto y en el Reglamento Interno de la Asociación, y a cualquier otro lineamiento interno que se emita por la Junta Directiva, o la Comisión que ésta haya integrado para regular adicionalmente cualquier otro tipo de derechos y obligaciones, por tal membresía.

b).- Ser propuesto ante la Junta Directiva por un Miembro Pleno.

c).- Ser admitido provisionalmente por la Junta Directiva y ratificado por mayoría de votos, en la Asamblea General Anual de Asociados.

d).- Cubrir una cuota de ingresos a la Junta Directiva.

e).- Cubrir las cuotas anuales, mensuales o periódicas que fije la Junta Directiva.

Los Miembros de Honor deberán ser propuestos ante la Junta Directiva por un Miembro Pleno. Aprobado su ingreso provisionalmente por la Junta, deberán ser ratificados por mayoría de votos en la Asamblea General Anual de Asociados.

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