ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE ORGANISMOS
DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE PENSIONES

Décima Cuarta: Son derechos de los Miembros Plenos:

a).- Gozar de todos los eventos técnicos, culturales y sociales que se realicen.

b).- Tener voz y voto en las Asambleas Generales Ordinarias, Extraordinarias, en las elecciones de las personas que integren la Junta Directiva y en toda reunión que se convoque.

c).- Ocupar puestos en la Junta Directiva.

d).- Presentar iniciativas, proyectos y sugerencias que coadyuven a la consecución de los fines de la Asociación.

Los Miembros de Honor tendrán derecho a voz en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias y en las reuniones de las Comisiones. Además, podrán gozar de todos los eventos técnicos, culturales y sociales que se realicen, así como presentar iniciativas, proyectos y sugerencias que coadyuven a la consecución de los fines de la Asociación.

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