ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE ORGANISMOS
DE SUPERVISIÓN DE FONDOS DE PENSIONES

Trigésima Séptima: Serán lenguas oficiales de la Asociación, el español y aquellas que determine la Asamblea General teniendo en cuenta la composición de la entidad y en la medida en que la incorporación de nuevos Miembros razonablemente lo justifiquen.

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